Proyecto de la Cámara (PC0050)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:01/04/2021
Título:Para enmendar el Artículo 2.058 de la Ley 107-2020, conocida como “Nuevo Código Municipal”, para disponer que no se efectuarán pagos globales ni parciales a alcaldes, cuyas licencias de vacaciones o enfermedad excedan los sesenta (60) días o los noventa (90) días, respectivamente, según establecido en dicho estatuto; para establecer que la licencia de enfermedad deberá disfrutarse en los casos que corresponda, a tenor con la definición y condiciones aplicables contenidas en el cuerpo de la ley; y que la de vacaciones en exceso a lo aquí dispuesto, deberá disfrutarse durante los primeros seis (6) meses del año natural siguiente, por lo que no se liquidará mediante pago.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 01/25/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 01/25/2021
Comisión de Autonomía Municipal, Descentralización y Regionalización
Vista Pública: Salón Audiencias #2 (Markup)
Fecha: 06/16/2022
Hora: 08:00 PM
Comisión de Autonomía Municipal, Descentralización y Regionalización
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Fecha: 06/17/2022
PC0050-i.docx Comisión de Autonomía Municipal, Descentralización y Regionalización
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Fecha: 06/17/2022
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Fecha: 06/23/2022
Quedó Pendiente de Acción Posterior en la Cámara
Fecha: 06/23/2022