Proyecto de la Cámara (PC0202)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:01/07/2021
Título:Para enmendar las secciones 4020.01 y 4020.02; añadir una nueva Sección 4020.03; reenumerar las secciones de la 4020.03 a la 4020.11, como las secciones 4020.04 a la 4020.12, respectivamente; y enmendar la Sección 4210.01 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los efectos de fijar en un dos (2%) por ciento, el impuesto sobre ventas y uso de las transacciones realizadas luego del 1 de octubre de 2021, relacionadas a la venta de partidas tributables que sean consideradas “alimentos preparados”, “bebidas carbonatadas”, “productos de repostería” y “dulces”, según definidos en la Sección 4010.01 de este Código, realizadas por restaurantes que obtengan la debida autorización y certificación del Secretario del Departamento de Hacienda; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 01/25/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 01/25/2021
Comisión de Hacienda y Presupuesto