Proyecto de la Cámara (PC0243)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:01/07/2021
Título:Para enmendar el Artículo 1.03, añadir un nuevo Artículo 10.08, y reenumerar los actuales artículos 10.08 al 10.13, como los artículos 10.09 al 10.14, respectivamente, en la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de agrupar y consolidar en una sola Ley, las disposiciones relativas a garantizar la disponibilidad y el acceso a la enseñanza del método Braille, a los estudiantes ciegos y parcialmente ciegos, y a que sean evaluados individualmente en cuanto a su conocimiento, uso y manejo de este, y velar por la igualdad de las oportunidades educativas; enmendar el Artículo 6 de la Ley 170-2002, según enmendada, a fin de disponer que todo fondo sobrante de las ayudas económicas que el Departamento de Educación brinda, mediante esta Ley, sea destinado, exclusivamente, para la implantación de los procesos de alfabetización de los estudiantes ciegos en las escuelas públicas; derogar la Ley 240-2002, según enmendada, conocida como “Ley Para Garantizar El Derecho de Alfabetización de Los Niños Ciegos en las escuelas públicas de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 01/25/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 01/25/2021
Comisión de Educación, Arte y Cultura