Proyecto de la Cámara (PC0300)

Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:01/08/2021
Título:Para añadir una Sección 18 al Artículo VI de la Ley Núm. 72-1993, según enmendada, conocida como la “Ley de Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”, con el fin de establecer las obligaciones de una aseguradora, organización de servicios de salud, administrador de beneficios de farmacia o cualquier organización intermediaria contratada por aseguradoras, cuando la misma vaya a realizar la terminación de contrato hacia un proveedor participante; establecer la capacidad de la Administración de revisar dichas terminaciones de contrato cuando la Administración entienda que dicha terminación afecta el funcionamiento de la Red Preferida o Región bajo la cual se prestan los servicios de salud a pacientes dentro del Plan de Salud Gubernamental que la aseguradora, organización de servicios de salud, administrador de beneficios de farmacia o cualquier organización intermediaria contratada por aseguradoras administra; imponer penalidades por el incumplimiento de dichas disposiciones; para añadir una Sección 38 a la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica del Departamento de Salud”, con el fin de establecer la obligación del Departamento de Salud, en coordinación y consulta de la Oficina de la Comisionada de Seguros el establecer reglamentación que incluya los siguientes criterios que serán necesarios que sean incluidos como cláusulas contractuales uniformes dentro de la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para toda organización de servicios de salud que opere dentro de la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en la contratación de servicios de salud en Puerto Rico; y se enmienda el inciso (o) del Artículo 7 de la Ley Núm. 77-2013, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de la Oficina del Procurador del Paciente” con el fin de brindarle jurisdicción para atender querellas relacionadas con causas de terminaciones de contrato por parte de organizaciones de seguros de salud, aseguradoras de por sí o por medio de sus agentes, empleados o contratistas hacia profesionales o proveedores de servicios de salud cuyas terminaciones no cumplan con la legislación y reglamentación estatal vigente; establecer cláusula de separabilidad, de vigencia y para otros fines.
  • Radicado

    Fecha: 01/08/2021

    wordPC0300.docx

  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara

    Fecha: 01/25/2021

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 01/25/2021

    Comisión de Salud

  • Retirada por su Autor

    Fecha: 03/16/2021

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