Proyecto de la Cámara (PC0366)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:01/11/2021
Título:Para enmendar los Artículos 6.1 y 6.2 de la Ley 4-2017; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959, según enmendada, a los fines de eliminar topes a las reclamaciones de discrimen en el empleo; reconocer los daños sufridos, tanto los daños económicos como los sufrimientos y angustias mentales en las acciones de discrimen; Mantener inalteradas las penalidades civiles y penales establecidas en la legislación laboral antidiscrimen; reestablecer la presunción controvertible de discrimen cuando el despido es realizado sin justa causa; y para otros fines.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 01/25/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 01/25/2021
Comisión de Asuntos Laborales y Transformación del Sistema de Pensiones para un Retiro Digno