Proyecto de la Cámara (PC0434)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:01/19/2021
Título:Para enmendar el inciso (g) del Artículo 79-C, de la Ley 26 de 12 de abril de 1941, según enmendada, conocida como la Ley de Tierras de Puerto Rico, a los fines de permitir al adquiriente mayor de edad con sesenta (60) años o más, de una finca de tipo familiar, que decida quedarse con la finca, que ésta conserve su uso agrícola y pueda segregar la misma en fincas de no menos cinco (5) cuerdas, dependiendo de su composición familiar, sólo para que pueda donarlas o cederlas a sus hijos o descendientes inmediatos, y a través de la escritura a otorgarse se garantice que las fincas se utilizarán para actividades agrícolas exclusivamente, podrá construir en ella no más de una residencia familiar.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 01/25/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 01/25/2021
Comisión de Agricultura