Proyecto de la Cámara (PC0475)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:01/27/2021
Título:Para añadir un nuevo Artículo 1.118 y renumerar los subsiguientes, añadir un nuevo Artículo 10.27, añadir un nuevo Artículo 14.23 y renumerar los subsiguientes, de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de prohibir cualquier tipo de competencia o concurso de amplificación de sonido o “voceteo” en las vías públicas y espacios privados, prohibir que por las vías públicas transiten vehículos de motor a los que se les haya alterado o modificado el sistema o equipo de sonido de fábrica o instalado pieza o cualquier otro dispositivo o aditamento con el propósito de producir ruido; enmendar las Secciones 1, 3 y 4 de la Ley Núm. 71 de 26 de abril de 1940, según enmendada, conocida como “Ley para Suprimir los Ruidos Innecesarios”, a los fines de ampliar sus protecciones; enmendar el Artículo 3 y añadir un nuevo Artículo 7A a la Ley Núm. 430-2000, según enmendada, conocida como la Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico a los fines de definir el término “voceteo” y prohibir el voceteo en los cuerpos de agua; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 02/02/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 02/02/2021
Comisión de Transportación, Infraestructura y Obras Públicas
Relevado de Comisión(es)
Fecha: 04/29/2021
Comisión de Transportación, Infraestructura y Obras Públicas
Referido a Comisión(es)
Fecha: 04/29/2021
Comisión de Seguridad Pública, Ciencia y Tecnología