Proyecto de la Cámara (PC0566)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:03/05/2021
Título:Para establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico en contra del discrimen por tener tatuajes, “piercings” o cabello teñido de colores no tradicionales o naturales en el empleo público y privado; establecer la prohibición específica de discrimen en el empleo contra esta población; enmendar el inciso (aa) del Artículo 3 de la Ley Núm. 45 de 25 de febrero de 1998, según enmendada, conocida como “Ley de Relaciones del Trabajo para el Servicio Público de Puerto Rico”; enmendar el inciso (35) del Artículo 3 y la Sección 6.3 del Artículo 6 de la Ley Núm. 8-2017, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 2.042 y 2.048 y el inciso 202 del Artículo 8.001 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 1, 1-A, 2 y 2A de la Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959, según enmendada; ordenar a todas las agencias, instrumentalidades, departamentos, corporaciones públicas, municipios de la Rama Ejecutiva, la Rama Legislativa y la Rama Judicial a atemperar sus reglamentos de personal para exponer claramente esta Política Pública y ordenar los patronos del sector privado incorporar reglamentación a tal fin.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 03/09/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 03/09/2021
Comisión de Gobierno
Retirada por su Autor
Fecha: 03/01/2022