Proyecto del Senado (PS0349)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:04/30/2021
Título:Para añadir un inciso (f) al Artículo 2; enmendar el inciso (g) y agregar un inciso (h) al Artículo 4; enmendar el Artículo 5; añadir un Artículo 5-A; eliminar el actual inciso (c) del Artículo 6 y sustituirlo por un nuevo inciso (c); añadir los Artículos 6-B y 6- C; enmendar el Artículo 7-A; y enmendar el Artículo 8 de la Ley Núm. 58 de 27 de mayo de 1976, según enmendada, conocida como “Ley para Reglamentar la
Profesión de Consejería en Rehabilitación en Puerto Rico”, a fin de incluir la definición de “evaluación vocacional”; ampliar los deberes de la Junta Examinadora de Consejeros en Rehabilitación; establecer las normas para mantener un registro al día de profesionales especialistas de la evaluación vocacional autorizados a ejercer legalmente esta especialidad, así como sus respectivos Códigos de Ética; autorizar que aspirantes a ejercer la Consejería en Rehabilitación puedan tomar el examen de reválida una vez hayan cumplido con todos los requisitos académicos y administrativos, excepto el internado; disponer
los requisitos para otorgar las licencias y certificaciones profesionales; establecer el Registro de Profesionales en Evaluación Vocacional y sus requisitos; reorganizar la forma y cumplimiento de los estudios continuos de los consejeros en rehabilitación; y disponer los requisitos de horas de educación continua a ser evaluados por la Junta para la consideración del título, su continuidad, denegación o suspensión.
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 05/03/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 05/03/2021
Comisión de Gobierno