Proyecto de la Cámara (PC0707)

Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:05/03/2021
Título:Para enmendar el Articulo 3.10 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica” a los fines de que en todos los casos penales que surjan al amparo de esta Ley, siempre deberá estar presente un representante del Ministerio Público durante la vista de determinación de causa para arresto del agresor.
  • Radicado

    Fecha: 05/03/2021

    wordPC0707.docx

  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara

    Fecha: 05/11/2021

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 05/11/2021

    Comisión de Asuntos de la Mujer

  • Comisión no recomienda aprobación de la medida

    Fecha: 05/02/2023

    wordPC0707-n.docx

    Comisión de Asuntos de la Mujer

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