Proyecto de la Cámara (PC0841)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:06/01/2021
Título:Para enmendar los Artículos 2, 4, 6 y 9, añadir un nuevo Artículo 12, y renumerar los actuales Artículos 24, 25, 26 y 27 como los nuevos Artículos 13, 14, 15 y 16, respectivamente, de la Ley Núm. 91 de 5 de diciembre de 1991, según enmendada, conocida como “Ley del Sistema de Evaluación de Jueces y Candidatos a Jueces”; promover la viabilidad del inciso (P) del Artículo 3 de la Ley Núm. 43 de 14 de mayo de 1932, según enmendada; a los fines de restablecer al Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico la facultad de evaluar jueces y candidatos a jueces, con el propósito de tener un sistema de cualificación de nuestros jueces que procure una evaluación más completa, inclusiva y rigurosa de los parámetros con los que se evalúan a quienes tienen la suprema responsabilidad de impartir la justicia en nuestro país; y para otros fines pertinentes.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 06/01/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 06/01/2021
Comisión de lo Jurídico
Descargado en Cámara
Fecha: 11/08/2023
Aprobado con enmiendas en sala
Fecha: 11/08/2023
Aprobado por Cámara en Votación Final
Fecha: 11/08/2023
PC0841.pdf Votos a favor: 26
Votos en contra: 17
Votos abstenidos: 0
Votos ausentes: 8
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 11/13/2023
Referido a Comisión(es)
Fecha: 11/13/2023
Comisión de Lo Jurídico y Desarrollo Económico