Proyecto de la Cámara (PC0998)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:09/27/2021
Título:Para enmendar el inciso (2) del Artículo 2 de la Ley Núm. 51 de 7 de junio de 1996, según enmendada, denominada “Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos”, con el propósito de clarificar que la localización física de un estudiante registrado en el Programa de Educación Especial es un componente inherente a su ubicación, según pactada en el Programa Educativo Individualizado (PEI), que no puede ser bifurcado, desvinculado ni alterado sin el consentimiento expreso e informado de la madre, padre o tutor legal, ni sin el Debido Proceso de Ley; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 09/28/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 09/28/2021
Comisión de Educación, Arte y Cultura