Proyecto de la Cámara (PC1030)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:10/12/2021
Título:Para añadir los nuevos artículos 2.18A, 2.18B y 2.18C a la Ley 4-2017, conocida como “Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral”, a los fines de disponer que el término prescriptivo de toda acción derivada de un contrato de empleo, y de los beneficios que surgen en virtud de un contrato de empleo, quedará interrumpido y congelado por la mera presentación de una queja o solicitud de investigación ante el Negociado de Normas del Trabajo del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos; para crear en los libros del Departamento de Hacienda un fondo especial denominado “Fondo Especial para la Atención de Pleitos Laborales”, el cual será administrado por el Secretario del Trabajo; para disponer que en aquellas ocasiones donde el Secretario del Trabajo tenga que acudir al Tribunal de Primera Instancia a solicitarle que ponga en vigor y ordene el cabal cumplimiento de una determinación final y firme de la Oficina de Mediación y Adjudicación (OMA), se imponga a la parte querellada una penalidad especial del veinticinco por ciento (25%) de la totalidad de la reclamación; para disponer que dicha penalidad especial ingresará al “Fondo Especial para la Atención de Pleitos Laborales”; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 10/18/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 10/18/2021
Comisión de Asuntos Laborales y Transformación del Sistema de Pensiones para un Retiro Digno