Proyecto de la Cámara (PC1044)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:10/15/2021
Título:Para añadir un nuevo Artículo 13 en el Capítulo II, y reenumerar los artículos del 13 al 35, como los artículos del 14 al 36, respectivamente, en la Ley 171-2014, según enmendada, la cual se suprime a la ahora extinta Oficina de Asuntos de la Juventud, y crea, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, un denominado “Programa de Desarrollo de la Juventud”, a los fines de conferirle al Secretario de Desarrollo Económico y Comercio, la responsabilidad de planificar, estructurar, diseñar, desarrollar e implantar, en todos los pueblos de Puerto Rico, el establecimiento de “Centros de Servicios Integrados para Jóvenes”, en los cuales se les proveerán a las personas, entre las edades de 13 a 29 años, programas de estudios, tutorías, capacitación y adiestramiento en el empleo, vivienda, servicios médicos, programas recreativos, deportivos y culturales, consejería y orientación; y para otros fines relacionados.
Winaida Rivera Rosado
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 10/18/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 10/18/2021
Comisión de Asuntos de la Juventud
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Fecha: 11/30/2022
PC1044-n.docx Comisión de Asuntos de la Juventud