Proyecto del Senado (PS0664)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:10/19/2021
Título:Para enmendar la Sección 202 y añadir un nuevo inciso (c) y renumerar los incisos (c) y (d); enmendar la Secciones 203, 204, 209, la Sección 210 y añadir un inciso (c), la Sección 212 y añadir un inciso (6), la Sección 215 y añadir en el inciso (b) un
subinciso (8); y enmendar las Secciones 235, 300, 302, 303, 304, 305, 307, 308, 311,
312, de la Ley Núm. 62 de 23 de junio de 1969, según enmendada, conocida como “Código Militar de Puerto Rico”, a los fines de denominar el Batallón Médico Aumentado como “Brigada Médica de la Guardia Estatal de Puerto Rico”, adscrita al Comando Estatal de la Guardia Nacional de Puerto Rico, la cual será la fuerza militar organizada para atender o responder ante cualquier emergencia por desastres naturales, epidemias u otras situaciones relacionadas a la salud pública de Puerto Rico; añadir los propósitos, facultades y deberes de la Brigada Médica de la Guardia Estatal de Puerto Rico y el Comando Estatal de la Guardia Nacional de Puerto Rico; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 10/19/2021
Referido a Comisión(es)
Fecha: 10/19/2021
Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Fecha: 01/18/2022
ps0664-inf (NEGATIVO).doc Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano