Proyecto de la Cámara (PC1141)

Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:01/20/2022Medida de Administración:A-062Equivalente:PS0716
Título:Para enmendar el Artículo 12 de la Ley 111-2020, conocida como “Ley de Protección Social por Accidentes de Vehículos de Motor”, a los fines de autorizar a la Junta de Directores a establecer una prima distinta, por un plazo de cinco (5) años consecutivos, para las tablillas de vehículos de motor y licencias de conducir que tienen reportado en su historial un accidente en el que su conductor fue declarado culpable por los delitos dispuestos en el Artículo 7.04 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, por conducir o hacer funcionar un vehículo de motor bajo los efectos de bebidas embriagantes, drogas o sustancias controladas; enmendar el Artículo 7.04 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico” con el propósito de establecer dicha pena especial para toda persona que sea sentenciada por conducir bajo los efectos de bebidas embriagantes, drogas o sustancias controladas; y para otros fines relacionados
  • Radicado

    Fecha: 01/20/2022

    wordPC1141 A-22-062.doc

  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara

    Fecha: 01/25/2022

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 01/25/2022

    Comisión de Transportación, Infraestructura y Obras Públicas

Sistema Único de Trámite Legislativo

Oficina de Servicios Legislativos de Puerto Rico

Tel.787-721-5200 | www.oslpr.org | tramite@oslpr.org