Resolución Conjunta de la Cámara (RCC0279)

Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:02/08/2022
Título:Para enmendar la Sección 1 de la Resolución Conjunta Núm. 33-2020, a los fines de aclarar que la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) deberán establecer planes de pago razonables y que los términos de los mismos deberán ser de al menos seis (6) meses si la deuda es igual o menor de mil dólares ($1,000) y de doce meses si la deuda es mayor a mil dólares ($1,000); y para otros fines relacionados.
  • Radicado

    Fecha: 02/08/2022

    wordRCC0279.docx

  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara

    Fecha: 02/08/2022

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 02/08/2022

    Comisión de Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público Privadas y Energía

Sistema Único de Trámite Legislativo

Oficina de Servicios Legislativos de Puerto Rico

Tel.787-721-5200 | www.oslpr.org | tramite@oslpr.org