Proyecto de la Cámara (PC1293)

Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:03/28/2022
Título:Para enmendar el Artículo 3.4 de la Ley Número 20218, según enmendada, conocida como “Código de Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico” a los fines de establecer que cualquier persona jurídica en la que uno de sus accionistas haya sido convicta posterior a la otorgación de un contrato o durante la vigencia del contrato quedará inhabilitada de contratar o licitar con cualquier agencia ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico por un término de cinco (5) años.; y para otros fines relacionados.
  • Radicado

    Fecha: 03/28/2022

    wordPC1293.doc

  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara

    Fecha: 03/29/2022

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 03/29/2022

    Comisión de Anticorrupción e Integridad Pública

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