Proyecto de la Cámara (PC1311)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:04/06/2022
Título:Para enmendar el Artículo 1.3 de la Ley Núm. 54 del 15 de agosto de 1989, también conocida como la "Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica", a los fines de reconocer la violencia económica como una modalidad de violencia doméstica; para ordenar a la Oficina de la Procuradora de la Mujer, Departamento de la Familia; Departamento de Justicia; Departamento de Educación; Departamento de la Vivienda; Departamento de Desarrollo Económico; Departamento de Salud; Negociado de la Policía; e Instituto de Estadísticas a tomar acciones afirmativas para garantizar la difusión y el cumplimiento con la política pública contra ésta y todas las otras manifestaciones de la violencia doméstica; y para otros fines pertinentes.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 04/19/2022
Referido a Comisión(es)
Fecha: 04/19/2022
Comisión de Asuntos de la Mujer
Vista Pública: Salón Audiencias #3 (Markup)
Fecha: 11/10/2022
Hora: 08:00 PM
Comisión de Asuntos de la Mujer
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Fecha: 11/10/2022
PC1311-i.docx Comisión de Asuntos de la Mujer
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Fecha: 11/10/2022
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Fecha: 11/10/2022
Aprobado con enmiendas del informe
Fecha: 11/10/2022
Aprobado por Cámara en Votación Final
Fecha: 11/10/2022
PC1311.pdf Votos a favor: 46
Votos en contra: 1
Votos abstenidos: 0
Votos ausentes: 3
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 01/09/2023
Referido a Comisión(es)
Fecha: 01/09/2023
Comisión de Asuntos de las Mujeres
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Fecha: 03/05/2024
pc1311- inf (negativo).doc Comisión de Asuntos de las Mujeres