Proyecto de la Cámara (PC1460)
Título:Para derogar el inciso (8), enmendar los incisos (9) y (10) y reenumerarlos como incisos (8) y (9), y añadir un nuevo inciso (10) al Artículo 2; enmendar el Artículo 4; derogar el Artículo 5; reenumerar los actuales Artículos 6 a 24 como Artículos 5 a 23, respectivamente; y enmendar los Artículos 7, 8 y 9 de la Ley Núm. 2 de 23 de febrero de 1988, según enmendada, conocida como “Ley de la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente”, a fin de aclarar la definición del término “querella jurada” e introducir la definición de “informe”; incluir funcionarios adicionales sobre los cuales existe jurisdicción al amparo de esta Ley; ampliar los términos para que el Secretario de Justicia notifique al Panel sobre la investigación preliminar y para efectuar la investigación preliminar; reforzar el estándar de prueba requerido para referir casos al Panel del Fiscal Especial Independiente; efectuar enmiendas técnicas y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 09/06/2022
Referido a Comisión(es)
Fecha: 09/06/2022
Comisión de Anticorrupción e Integridad Pública