Resolución Conjunta de la Cámara (RCC0434)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:01/23/2023
Título:Para ordenar a la Junta de Directores de la Autoridad para las Alianzas Público Privadas, a su Director Ejecutivo, Junta de Directores de la Autoridad de Energía Eléctrica y su Director Ejecutivo incluir en cualquier contrato de alianza público privada para privatizar la generación de energía de la Autoridad de Energía Eléctrica al amparo de la Ley Núm. 29-2009, según enmendada, conocida como Ley de Alianzas Público Privadas, cláusulas penales de naturaleza económica por apagones debido a la deficiencia de generación de energía; disponer expresamente en el contrato para la privatizar la generación de energía de la Autoridad de Energía Eléctrica que la Ley Núm. 1-2012, según enmendada, conocida como Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico le aplicará a los directores, ejecutivos, oficiales y empleados de la persona jurídica que suscriba un acuerdo para privatizar la generación de energía de la Autoridad de Energía Eléctrica; disponer expresamente en el contrato para la privatizar la generación de energía de la Autoridad de Energía Eléctrica sobre la aplicación de la Ley Núm. 2-2018, según enmendada, conocida como Código Anticorrupción para un Nuevo Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 01/24/2023
Referido a Comisión(es)
Fecha: 01/24/2023
Comisión de Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público Privadas y Energía