Proyecto del Senado (PS1228)
Título:“Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, se deroga el Artículo 28 y se añaden nuevos Artículos 29 y 30 a la Ley Núm. 273-2012, según enmendada, conocida como “Ley Reguladora del Centro Financiero Internacional”, a los fines de aumentar el cargo para solicitar y renovar la licencia; aclarar que el proponente será responsable de los gastos de investigación que se generen como consecuencia de su solicitud; aumentar la cantidad de activos libre de gravámenes o garantías financieras; aumentar los derechos de licencia anual por oficina; atemperar a la realidad actual el requisito de capital pagado; aprobar y supervisar las actividades que lleven a cabo las entidades financieras internacionales relacionadas a las monedas virtuales; establecer un cargo por transferencia de control de más de un diez por ciento; disponer el procedimiento de reconsideración y revisión judicial para atender cualquier denegación de permiso o de solicitud de licencia; y para otros fines relacionados.”
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 06/05/2023
Referido a Comisión(es)
Fecha: 06/05/2023
Comisión de Servicios Esenciales y Asuntos del Consumidor
Sobreseído por PC 1699
Fecha: 02/16/2024