Proyecto del Senado (PS1232)

Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:06/05/2023
Título:Para promulgar la “Ley para Establecer el Proceso de Inhumación Digna de la Persona Indigente”; establecer como política pública el trato digno y respetuoso de los restos mortales de toda persona indigente fallecida; establecer la responsabilidad de los municipios de sufragar los gastos funerarios y proveer un espacio libre de costo para el enterramiento de la persona indigente fallecida; establecer el derecho del municipio de recuperar los gastos funerarios de las agencias públicas que tenían la custodia del indigente fallecido o de los parientes que tenían o hubiesen tenido una obligación alimentaria para con el fallecido; para enmendar el Artículo 1.010 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como el “Código Municipal de Puerto Rico”, con el fin de establecer la obligación de los municipios de reservar un mínimo del uno por ciento (1%) de los terrenos de su cementerio municipal para la inhumación de personas indigentes; para enmendar el Artículo 18 de la Ley Núm. 296-2002 para establecer que el cadáver, o las partes del cadáver de una persona indigente que no sean de utilidad la Junta de Disposición de Cuerpos, Órganos y Tejidos Humanos se enterrarán según lo dispuesto en esta Ley; para enmendar el Artículo 679 de la Ley Núm. 55-2020 conocida como el Código Civil de Puerto Rico para disponer que la obligación de proveer alimentos entre parientes comprenderá, como un último acto humanitario, los gastos funerarios del alimentista indigente fallecido; y para otros fines relacionados.
  • Radicado

    Fecha: 06/05/2023

    wordps1232-23.doc

  • Aparece en Primera Lectura del Senado

    Fecha: 06/05/2023

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 06/05/2023

    Comisión de Iniciativas Comunitarias, Salud Mental y Adicción

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