Proyecto del Senado (PS1297)
Título:Para enmendar el Artículo 11.4 de la Ley 239 - 2004, según enmendada, conocida como “Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004”, para establecer que, en el caso de que en una primera convocatoria no se pueda lograr el quórum requerido y se emita una segunda convocatoria para la asamblea, la segunda convocatoria nunca será anterior a treinta (30) minutos más tarde de la primera convocatoria.
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 08/29/2023
Referido a Comisión(es)
Fecha: 08/29/2023
Comisión de Cooperativismo
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Fecha: 01/24/2024
ps1297-inf.doc Comisión de Cooperativismo
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
Fecha: 01/24/2024
En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
Fecha: 04/08/2024
Aprobado con enmiendas del informe
Fecha: 04/08/2024
Aprobado con enmiendas en sala
Fecha: 04/08/2024
Aprobado por el Senado en Votación Final
Fecha: 04/08/2024
20240408-4.pdf Votos a favor: 27
Votos en contra: 0
Votos abstenidos: 0
Votos ausentes: 0
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 04/23/2024
Referido a Comisión(es)
Fecha: 04/23/2024
Comisión de Turismo y Cooperativismo