Proyecto de la Cámara (PC1875)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:09/26/2023
Título:Para añadir un nuevo Artículo 5, y reenumerar los actuales artículos 5, 6, 7 y 8, como los artículos 6, 7, 8 y 9, respectivamente, en la Ley Núm. 140 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley Sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho”, con el propósito de establecer que, cuando el magistrado entienda que existe una controversia legal por adjudicarse al amparo de esta Ley, ordenará a la parte promovida entregar al Negociado de la Policía de Puerto Rico para su custodia, cualquier arma de fuego perteneciente al promovido y sobre la cual se le haya expedido una licencia de poseer y portar armas de fuego y sus municiones; proveer para la revocación permanente de la licencia de armas que el promovido poseyere, cuando se viole lo aquí dispuesto; y para otros fines relacionados.
Sarah Santana Díaz
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 10/03/2023
Referido a Comisión(es)
Fecha: 10/03/2023
Comisión de lo Jurídico