Proyecto de la Cámara (PC1885)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:10/06/2023
Título:Para enmendar los Artículo 1 y 7 a la Ley Núm. 36 de 30 de mayo de 1984, según enmendada, la cual crea la Oficina Estatal de Control Animal (OECA), y enmendar el Artículo 4 de la Ley 154 de 4 de agosto de 2008, según enmendada, conocida como “Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales”; para añadir en el Programa de Control de Animales que se desarrolle un programa de esterilización; para que los refugios regionales creados por la OECA o recogido de animales realengos por los municipios deberán ser establecido en el organigrama de regiones del Negociado de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres, además de que brinden informes mensuales sobre los casos, iniciativas y proyectos que redunden en beneficio de los animales y de la ciudadanía; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 10/10/2023
Referido a Comisión(es)
Fecha: 10/10/2023
Comisión de Agricultura