Proyecto del Senado (PS1368)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:10/17/2023
Título:Para enmendar el Artículo 7.09 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, con el propósito de establecer que, toda persona que se negare, objetare, resistiere o evadiere someterse al procedimiento de las pruebas de alcohol, drogas o sustancias controladas, incurrirá en delito menos grave y será sancionada, por su primera convicción, con pena de multa fija de tres mil (3,000) dólares; y para convicciones subsiguientes, la pena de multa será no menor de tres mil (3,000) dólares ni mayor de cinco mil (5,000) dólares o pena de reclusión que no excederá de seis (6) meses o ambas penas a discreción del Tribunal; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 10/23/2023
Referido a Comisión(es)
Fecha: 10/23/2023
Comisión de Innovación, Telecomunicaciones, Urbanismo e Infraestructura
Relevado de Comisión(es)
Fecha: 11/06/2023
Comisión de Innovación, Telecomunicaciones, Urbanismo e Infraestructura
Referido a Comisión(es)
Fecha: 11/06/2023
Comisión de Lo Jurídico y Desarrollo Económico