Proyecto de la Cámara (PC1985)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:01/16/2024
Título:Para enmendar el subinciso (15) del inciso (a) del Artículo 5 de la Ley Núm. 83 de 2 de julio de 1987, según enmendada, conocida como “Ley de la Industria y el Deporte Hípico de Puerto Rico”, con el propósito de facultar al Director Ejecutivo de la Comisión de
Juegos del Gobierno de Puerto Rico, a establecer un acuerdo colaborativo entre la Comisión de Alimentación y Nutrición
de Puerto Rico (CANPR) adscrita al Departamento de Salud de Puerto Rico y la Escuela Vocacional Hípica de Puerto Rico,
a los fines de educar, orientar y asistir a los Jinetes en todos los asuntos nutricionales, alimenticios y corporales como parte de
sus entrenamientos físicos y especializados para obtener sus pesos óptimos; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 01/30/2024
Referido a Comisión(es)
Fecha: 01/30/2024
Comisión de Recreación y Deportes
Vista Pública: Salón María Luisa Arcelay (Markup)
Fecha: 04/23/2024
Hora: 08:00 PM
Comisión de Recreación y Deportes
1er Informe Comisión rendido con enmiendas
Fecha: 04/23/2024
PC1985-i.docx Comisión de Recreación y Deportes
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
Fecha: 04/23/2024
En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
Fecha: 04/30/2024
Aprobado con enmiendas del informe
Fecha: 04/30/2024
Aprobado por Cámara en Votación Final
Fecha: 04/30/2024
PC1985-votacion.pdf Votos a favor: 45
Votos en contra: 0
Votos abstenidos: 0
Votos ausentes: 6
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 05/06/2024
Referido a Comisión(es)
Fecha: 05/06/2024
Comisión de Juventud y Recreación y Deportes