Proyecto de la Cámara (PC2044)

Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:02/29/2024
Título:Para enmendar el Artículo 1.03 del Capítulo I; añadir los Artículos 4.07, 4.08, 4.09 y 4.10 al Capítulo IV; enmendar los Artículos 8.08 y 8.10; añadir los Artículos 8.13, 8.14, 8.15, 8.16, 8.17, 8.18 y 8.19 al Capítulo VIII; eliminar el Artículo 9.07 y renumerar los artículos 9.08, 9.09, 9.10, 9.11, 9.12 y 9.13 como 9.07, 9.08, 9.09, 9.10, 9.11 y 9.12 del Capítulo IX; enmendar el Artículo 10.01 del Capítulo X; añadir los nuevos Artículos 13.01, 13.02 y renumerar los actuales artículos 13.01, 13.02 y 13.03 como 13.03, 13.04 y 13.05 del Capítulo XIII de la Ley 258-2012, según enmendada conocida como “Ley de Servicios Funerarios de Puerto Rico” a los fines de añadir nuevas definiciones; crear un Registro Electrónico adscrito al Departamento de Salud que contenga la información pertinente de toda aquella persona que adquiera, en cementerios públicos o privados, una cámara de cemento o concreto en un panteón, tumba, mausoleo, cripta, nicho, osario o cualquier otro espacio que se utilice para la inhumación de cuerpo, restos o cenizas, así como servicios funerarios; establecer penalidades; disponer en cuanto a las prácticas generales de cementerios; establecer cláusulas de interpretación y supremacía; y para otros fines relacionados.
Por Petición:
Deborah Rivera Velázquez y Rosabelle Rivera Velázquez
  • Radicado

    Fecha: 02/29/2024

    wordPC2044.docx

  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara

    Fecha: 03/05/2024

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 03/05/2024

    Comisión de Salud

  • Retirada por su Autor

    Fecha: 03/05/2024

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