Proyecto de la Cámara (PC2196)
Cuatrienio:2021-2024Fecha de Radicación:10/02/2024
Título:Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Nu´m. 18-2022, según enmendada conocida como la “Ley de Uniformidad en la Venta, Distribución y Despacho del Gas Licuado en Puerto Rico” a los fines de establecer que toda venta al detal debe incluir al menos un detector de gas propano o butano, diseñado para identificar concentraciones de estos gases en el ambiente y emitir alertas en caso de fugas; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 12/09/2024
Referido a Comisión(es)
Fecha: 12/09/2024
Comisión de Gobierno