Proyecto de la Cámara (PC0090)

Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:01/02/2025
Título:Para enmendar el inciso (b) (7) del Artículo 10 de la Ley Núm. 130 de 13 de junio de 1967, según enmendada, conocida como “Ley de la Oficina del Oficial de Construcción adscrita al Departamento de Asuntos del Consumidor”, para determinar que el urbanizador o constructor no podrá variar el precio cierto pactado en un contrato de opción de compraventa de viviendas, salvo en aquellas ocasiones en que medien circunstancias extraordinarias que justifiquen el cambio del precio convenido; y para otros fines.
  • Radicado

    Fecha: 01/02/2025

    wordPC0090.doc

  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara

    Fecha: 01/16/2025

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 01/16/2025

    Comisión de Asuntos del Consumidor

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