Proyecto del Senado (PS0212)

Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:01/09/2025
Título:Para enmendar el Artículo 7.09 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehiculos y Tránsito de Puerto Rico", con el propósito de establecer que, toda persona que se negare, objetare, resistiere o evadiere someterse al procedimiento de las pruebas de alcohol, drogas o sustancias controladas, incurrirá en delito menos grave y será sancionada, por su primera convicción con pena de multa fija de tres mil (3,000) dólares; y para convicciones subsiguientes, la pena de multa será no menor de tres mil (3,000) dólares ni mayor de cinco mil (5,000) dólares o pena de reclusión que no excederá de seis (6) meses o ambas penas a discreción del Tribunal; y para otros fines relacionados.
  • Radicado

    Fecha: 01/10/2025

    wordps0212-25.doc

  • Aparece en Primera Lectura del Senado

    Fecha: 01/16/2025

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 01/16/2025

    Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor

  • Vista Pública: Salón Miguel Angel García Méndez

    Fecha: 05/13/2025

    Hora: 10:00 AM

    Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor

  • Retirada por su Autor

    Fecha: 08/28/2025

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