Proyecto de la Cámara (PC0327)

Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:02/12/2025
Título:Para añadir el Artículo 2.13(a) de la Ley 85-2018, a los fines de establecer que deberá haber dos (2) Psicólogos Escolares asignados a cada escuela con quinientos (500) estudiantes o menos y si el plantel escolar cuenta con más de quinientos (500) estudiantes, deberá asignarse un Psicólogo Escolar adicional y para enmendar el Artículo 1.03 de la Ley 85-2018 a los fines de añadir que para ser Psicólogo Escolar se necesita tener una especialidad en Psicología Escolar o mostrar evidencia de las competencias en el área de la Psicología Escolar del Departamento de Educación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
  • Radicado

    Fecha: 02/12/2025

    wordPC0327.docx

  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara

    Fecha: 02/13/2025

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 02/13/2025

    Comisión de Educación

  • Reunión Ejecutiva: Oficina de la Comisión

    Fecha: 11/06/2025

    Hora: 12:00 PM

    Comisión de Educación

  • Reunión Ejecutiva: Oficina de la Comisión

    Fecha: 11/10/2025

    Hora: 10:00 AM

    Comisión de Educación

  • Comisión no recomienda aprobación de la medida

    Fecha: 11/12/2025

    wordPC0327-n.docx

    Comisión de Educación

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