Proyecto de la Cámara (PC0341)

Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:02/18/2025
Título:Para enmendar el Artículo 12.020 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, añadir un inciso (6) al Artículo 1 de la Ley Núm. 66 de 27 de Mayo de 1976, según enmendada, conocida como Ley del “Fondo para la Fiscalización y Reglamentación de la Industria de Seguros y enmendar los Artículos 1.010, 2.096 y 7.008 de Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer que cuando se utilicen los servicios profesionales de proveedores de seguros públicos, objeto de un proceso de selección abierta, se hará una retención por concepto de aportación adicional equivalente al cinco por ciento (5%) de la compensación que reciba el Productor de Seguros Públicos de acuerdo al volumen total de primas asignadas mediante contrato al productor, excepto cuando la adquisición de seguros se lleve a cabo exclusivamente mediante el proceso de subasta; y para otros fines relacionados.
  • Radicado

    Fecha: 02/18/2025

    wordPC0341.doc

  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara

    Fecha: 02/20/2025

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 02/20/2025

    Comisión de Banca, Seguros y Comercio

  • Vista Pública: Salón de Audiencias #3

    Fecha: 03/19/2025

    Hora: 09:00 AM

    Comisión de Banca, Seguros y Comercio

  • 1er Informe Comisión rendido con enmiendas

    Fecha: 05/13/2025

    wordPC0341 -i.docx

    Comisión de Banca, Seguros y Comercio

  • Entirillado del Informe

    Fecha: 05/13/2025

    wordPC0341 -ee.doc

  • Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara

    Fecha: 05/13/2025

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