Proyecto de la Cámara (PC0551)

Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:04/23/2025
Título:Para enmendar la Sección 6 del Artículo VI de la Ley 72-1993, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”, a los fines de requerir a todas las aseguradoras y organizaciones de servicios de salud organizadas conforme a la Ley Núm. 77 del 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, y en virtud de la Ley 194–2011, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Salud de Puerto Rico”, a los planes de seguros que brinden servicios en Puerto Rico, a cualquier otra entidad contratada para ofrecer beneficios de salud en Puerto Rico y a las entidades excluidas a tenor con el Artículo 1.070 de dicha Ley, así como a la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico y a cualquier entidad contratada para ofrecer servicios de salud o de seguros de salud en Puerto Rico, a través de la Ley 72-1993, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”, que provean, como parte de su cubierta básica y beneficios mínimos, servicios de maternidad, incluyendo la utilización y administración de anestesia epidural durante el parto; y para decretar otras disposiciones complementarias.
  • Radicado

    Fecha: 04/23/2025

    wordPC0551.docx

  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara

    Fecha: 04/28/2025

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 04/28/2025

    Comisión de Salud

  • Comisión no recomienda aprobación de la medida

    Fecha: 03/16/2026

    wordPC0551-n.docx

    Comisión de Salud

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