Resolución Conjunta de la Cámara (RCC0167)
Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:08/14/2025
Título:Para ordenar a LUMA Energy y a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados a conceder a todo abonado con notificación de suspensión de servicios, una extensión de plazo o prórroga, a partir de la fecha notificada para la suspensión de servicio, de un término no menor de treinta (30) días adicionales a lo ya establecido por disposición de la Ley Núm. 33 de 27 de junio de 1985, según enmendada, mejor conocida como “Ley para Establecer los Requisitos Procesales Mínimos para la Suspensión de Servicios Públicos Esenciales”; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 08/18/2025
Referido a Comisión(es)
Fecha: 08/18/2025
Comisión de Gobierno