Proyecto de la Cámara (PC1066)
Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:01/19/2026
Título:Para establecer que, en caso de fallecimiento de un miembro activo de la Policía de Puerto Rico, sus hijos menores de edad recibirán el cien por ciento (100%) de la pensión que le hubiese correspondido al agente; disponer que dicha pensión se otorgará hasta que los hijos beneficiarios cumplan dieciocho (18) años, o hasta los veintiún (21) años si están matriculados en una institución educativa reconocida luego de haberse graduado de escuela superior; establecer que este beneficio aplicará independientemente de si el fallecimiento ocurrió en cumplimiento del deber o por causas no relacionadas al servicio; y para otros fines relacionados
José H. Rivera Madera y Gabriel Hernández Ramos, presidente de la Asociación Policías Unidos Luchando - APUL
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 01/27/2026
Referido a Comisión(es)
Fecha: 01/27/2026
Comisión de Seguridad Pública
Comisión de Hacienda