Proyecto del Senado (PS1041)
Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:02/02/2026
Título:Para establecer la “Ley para la Protección de Datos Personales en Aplicaciones de
Salud y Servicios de Telemedicina”; definir términos relacionados con consentimientos
explícitos y auditorías en el contexto de la telemedicina y telesalud; requerir la obtención
de consentimientos explícitos para el procesamiento de datos personales de salud en
aplicaciones y servicios de telemedicina; exigir auditorías periódicas anuales de sistemas
de seguridad y privacidad por parte de proveedores; enmendar el Artículo 2 de la Ley
Núm. 168-2018, según enmendada, conocida como la “Ley para Reglamentar la Práctica
de la Telemedicina en Puerto Rico”, a los fines de incorporar definiciones de
“consentimiento explícito”, “auditoría” y “datos personales de salud”; enmendar el
Artículo 3 de la Ley Núm. 168-2018 para incluir requisitos de consentimiento y auditorías
en los deberes de los proveedores; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 48-2020,
conocida como la “Ley para Reglamentar la Práctica de la Telesalud y Ciberterapia en
Puerto Rico”, a los fines de incorporar las mismas definiciones; enmendar el Artículo 4
de la Ley Núm. 48-2020 para integrar obligaciones de consentimiento y auditorías;
establecer sanciones por incumplimiento conforme a la Ley Núm. 111 de 2005; delegar
fiscalización al Departamento de Salud sin impacto presupuestario adicional; y para otros
fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 02/02/2026
Referido a Comisión(es)
Fecha: 02/02/2026
Comisión de Salud
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Fecha: 05/01/2026
ps1041-Inf (negativo).pdf Comisión de Salud