Proyecto de la Cámara (PC1199)

Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:03/25/2026
Título:Para enmendar el Artículo 3.2 de la Ley 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, a los fines de reconocer como una modalidad del maltrato agravado los daños o lesiones provocadas a propósito, con conocimiento o temerariamente contra el nasciturus; imponer una pena de reclusión de quince (15) años por incurrir en esta modalidad delictiva; sancionar como delito grave conforme al delito de asesinato en primer grado de la Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, según enmendada y conocida como “Código Penal de Puerto Rico” de 2012, cuando los daños o lesiones causadas a propósito, con conocimiento o temerariamente contra el nasciturus le cause la muerte; y para otros fines relacionados.
  • Radicado

    Fecha: 03/25/2026

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  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara

    Fecha: 04/07/2026

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 04/07/2026

    Comisión de Lo Jurídico

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