Proyecto del Senado (PS1167)
Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:03/27/2026
Título:Para adicionar un Artículo 1563A al Capítulo II del Título II del Libro VI; y enmendar el
Artículo 1745 de la Sección Segunda del Capítulo II del Título VI del Libro VI de la
Ley Núm. 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de
Puerto Rico”, a fin de establecer la prelación en la designación judicial del
administrador en la herencia yacente, y disponer que tanto en la herencia yacente
como en la sucesión intestada, cuando se realice la designación judicial del
administrador de la herencia, los tribunales tengan que nombrar en primera
instancia al cónyuge supérstite.
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 03/30/2026
Referido a Comisión(es)
Fecha: 03/30/2026
Comisión De Lo Jurídico
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Fecha: 06/15/2026
ps1167-Inf (negativo).pdf Comisión De Lo Jurídico