Proyecto del Senado (PS1175)
Título:Para enmendar el Artículo 11, el inciso (i) del Artículo 37 de la Ley Núm. 88 de 9 de julio
de 1986, según enmendada, conocida como “Ley de Menores de Puerto Rico” y la
Regla 13.8 de las Reglas de Procedimiento para Asuntos de Menores, según
enmendadas; con el propósito de establecer que el menor deberá prestar
consentimiento para ser grabado en audio y video; que no conllevará la
inadmisibilidad automática las declaraciones obtenidas en el interrogatorio si se
presenta prueba confiable de que la renuncia fue hecha de manera libre, voluntaria
e inteligente; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 04/09/2026
Referido a Comisión(es)
Fecha: 04/09/2026
Comisión De Lo Jurídico