Proyecto de la Cámara (PC1258)
Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:05/06/2026
Título:Para enmendar el Artículo 1.02 y crear un nuevo Artículo 6.27 de la Ley 168-2019, según enmendada, conocida como la “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”, a los fines de prohibir la manufactura, importación, venta, transferencia, posesión o uso de dispositivos de aumento de cadencia de disparo (“rate-of-fire enhancement devices”), incluyendo gatillos binarios, “forced reset triggers” y otros mecanismos de “rapid fire”; disponer excepciones limitadas para agentes del orden público en funciones oficiales; definir conceptos; establecer penalidades; crear un periodo de entrega voluntaria sin penalidad; facultar reglamentación; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 05/07/2026
Referido a Comisión(es)
Fecha: 05/07/2026
Comisión de Seguridad Pública