Proyecto del Senado (PS1244)
Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:05/11/2026
Título:Para enmendar el inciso (n) del Artículo 4 de la Ley Núm. 180-1998, según enmendada,
conocida como “Ley de Vacaciones y Licencia por Enfermedad de Puerto Rico” a los
fines de extender sus beneficios a los empleados de negocios que empleen quince (15)
empleados o menos, de modo que puedan disponer de los días acumulados por
concepto de la licencia por enfermedad hasta un máximo de cinco (5) días, siempre
que mantengan un balance mínimo de cinco (5) días, para atender el cuidado y
bienestar por razón de enfermedad de sus hijos o hijas, su cónyuge, su madre o su
padre; el cuidado y atención por razón de enfermedad de menores, personas de edad
avanzada o con impedimentos sobre las cuales tenga custodia legal.
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 05/14/2026
Referido a Comisión(es)
Fecha: 05/14/2026
Comisión De Trabajo y Relaciones Laborales