Proyecto del Senado (PS1302)
Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:06/02/2026
Título:Para enmendar los artículos 2, 4, 5, 16 y 17, suprimir el Artículo 23, y reenumerar el actual
Artículo 24, como Artículo 23, y a su vez enmendarlo, en la Ley 123-2014, según
enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad de Transporte Integrado de
Puerto Rico”, con el propósito de dejar sin efecto la fusión de la Autoridad
Metropolitana de Autobuses en la Autoridad de Transporte Integrado; revertir a la
Autoridad Metropolitana de Autobuses, todos aquellos poderes, facultades,
obligaciones, funciones, derechos, franquicias, contratos, acuerdos, programas,
propiedades, cuentas, expedientes, asignaciones, partidas, fondos, y demás activos,
entre otros recursos, exenciones y privilegios que, en su momento, le fueran
transferidos a la Autoridad de Transporte Integrado en virtud de la Ley 123-2014,
según enmendada; hacer enmiendas técnicas en la Ley; y para otros fines
relacionados.
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 06/04/2026
Referido a Comisión(es)
Fecha: 06/04/2026
Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor
Comisión de Gobierno