Proyecto del Senado (PS1303)
Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:06/02/2026
Título:Para enmendar los artículos 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24,
25 y 27, suprimir los artículos 28, 29 y 30, reenumerar el actual Artículo 31, como
Artículo 28, y a su vez enmendarlo, y reenumerar los actuales artículos 32, 33, 34 y
35, como los artículos 29, 30, 31 y 32, respectivamente, en la Ley 153-2013, según
enmendada, conocida como “Ley de Agencias Rectificadoras de Crédito”, con el
propósito de conferirle a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras, la
responsabilidad de administrar y hacer cumplir las disposiciones de esta Ley;
enmendar el Artículo 6 de la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada,
conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, a
fin de atemperarla con las disposiciones de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura del Senado
Fecha: 06/04/2026
Referido a Comisión(es)
Fecha: 06/04/2026
Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo
Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor