Proyecto de la Cámara (PC1384)
Título:Para enmendar el Artículo 117 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”, para disponer que el tribunal deberá requerir evidencia sobre las condiciones socioeconómicas del alegado incapaz, pero no será obligatorio la presentación de un informe pericial, y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 08/20/2026
Referido a Comisión(es)
Fecha: 08/20/2026
Comisión de Lo Jurídico
Relevado de Comisión(es)
Fecha: 08/20/2026
Comisión de Lo Jurídico
Referido a Comisión(es)
Fecha: 08/20/2026
Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social