Proyecto de la Cámara (PC1404)

Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:08/21/2026
Título:Para enmendar el Artículo 2 y añadir un nuevo Artículo 6-A a la Ley Núm. 241 de 15 de agosto de 1999, según enmendada, conocida como la “Nueva Ley de Vida Silvestre de Puerto Rico”, a los fines de establecer los términos “Futuro Previsible”, “Daño”, “Hábitat Esencial” y “Ave Migratoria Protegida”; disponer los criterios obligatorios para la inclusión, revisión periódica y exclusión de especies vulnerables, amenazadas o en peligro de extinción; regular el proceso de petición ciudadana; autorizar la designación de hábitats esenciales; tipificar prohibiciones específicas sobre vida silvestre no cinegética y aves migratorias; ordenar la reglamentación del manejo de aves migratorias que ocasionen daños significativos a la agricultura bajo ciertas condiciones; incluir una cláusula de separabilidad; y para otros fines relacionados.
  • Radicado

    Fecha: 08/21/2026

    wordPC1404.docx

  • Aparece en Primera Lectura de la Cámara

    Fecha: 08/24/2026

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 08/24/2026

    Comisión de Salud

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