Proyecto de la Cámara (PC1491)
Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:10/08/2026
Título:Para enmendar los Artículos 53 y 58, de la Ley 57-2023, según enmendada, conocida como “Ley para Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los menores”, así como el Artículo 2, de la Ley Núm. 259 de 3 de abril de 1946, según enmendada, conocida como “Ley de Sentencia Suspendida y Libertad a Prueba”, a los fines de aumentar la pena de reclusión por el delito de maltrato a un menor; eliminar la alternativa de pena de multa como sustitución a la pena de reclusión; excluir del mecanismo de ingreso a un programa de desvío a toda persona que fuere convicta por maltrato a un menor; e imponer la sentencia de reclusión en todo caso de delito de maltrato en la que una persona sea convicta como consecuencia de la violación a lo dispuesto en los Artículos 53 y 53-A de la Ley 57-2023, según enmendada; y para otros fines relacionados.
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 10/13/2026
Referido a Comisión(es)
Fecha: 10/13/2026
Comisión de Lo Jurídico