Proyecto del Senado (PS1525)
Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:10/14/2026
Título:Para enmendar la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida
como la “Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”, a los
fines de aumentar de doce mil dólares ($12,000) a veinte mil dólares ($20,000) el
límite máximo agregado de compensación por incapacidad parcial permanente;
disponer expresamente que los honorarios de abogado fijados por la Comisión
Industrial o por un tribunal, conforme al Artículo 33 de dicha Ley, son una
obligación independiente, con cargo al Fondo del Seguro del Estado, y no estarán
sujetos, reducidos, denegados ni condicionados por el límite máximo de
compensación por incapacidad parcial permanente; requerir la interpretación
armoniosa de los reglamentos aplicables; y para otros fines relacionados.