Proyecto del Senado (PS1560)

Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:10/16/2026
Título:Para crear la “Ley de Inspección y Recertificación de Edificaciones Existentes de Puerto Rico”, a los fines de establecer un Programa uniforme, obligatorio, periódico y permanente para la inspección, evaluación, certificación y recertificación de las condiciones estructurales y eléctricas de determinadas edificaciones existentes, públicas y privadas; establecer las edificaciones sujetas, exclusiones, términos, periodicidad y criterios de prioridad aplicables; disponer los requisitos mínimos para la inspección estructural, la evaluación preliminar de vulnerabilidad sísmica, la evaluación estructural de segunda fase, la inspección eléctrica y las evaluaciones adicionales; establecer las cualificaciones, responsabilidades, deberes, independencia y conflictos de interés de los profesionales que realicen dichas evaluaciones; establecer los deberes y responsabilidades de los propietarios; disponer las facultades, deberes y responsabilidades de la Oficina de Gerencia de Permisos para administrar, implantar y fiscalizar el Programa; disponer la participación técnica del Comité de Revisión de los Códigos de Construcción; crear el Registro de Inspección y Recertificación de Edificaciones Existentes; establecer clasificaciones uniformes para los resultados de las inspecciones; disponer procedimientos, términos y prioridades para la corrección de deficiencias, evaluaciones adicionales, reinspecciones y cierre de hallazgos; establecer un procedimiento particular para atender condiciones peligrosas; autorizar inspecciones extraordinarias luego de terremotos, huracanes, inundaciones, incendios, explosiones, deslizamientos y otros eventos capaces de comprometer la seguridad de una edificación; disponer procedimientos de auditoría, querellas y fiscalización; establecer obligaciones particulares para inmuebles sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal, edificios públicos e instalaciones esenciales; establecer mecanismos de coordinación municipal e interagencial; disponer medidas de cumplimiento, multas administrativas, reconsideración, revisión y debido proceso; establecer un calendario escalonado de implantación; disponer la continuación de los trabajos relacionados con el Código de Mantenimiento de Propiedades y el “International Property Maintenance Code”; añadir un nuevo inciso (ss) al Artículo 2.3 de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 18, el inciso (g) del Artículo 53 y el primer párrafo del Artículo 59 de la Ley 129-2020, según enmendada, conocida como “Ley de Condominios de Puerto Rico”; sustituir el mecanismo establecido mediante la Resolución Conjunta 16-2022, preservando los trabajos técnicos y administrativos compatibles con esta Ley; y para otros fines relacionados.

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